Durante este año 2.012 está en vigor la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. Dicha norma ha introducido novedades en materias tales como información precontractual y contractual, asesoramiento mediante precio, servicios bancarios vinculados, depósitos, préstamo responsable y evaluación de la solvencia, y, finalmente, normas relativas a créditos y préstamos hipotecarios (información adicional sobre instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés, cláusula suelo y techo).

El objetivo de la norma es garantista de los derechos de los usuarios de banca. Trata de dar respuesta, entre otras cuestiones, a las numerosas y recientes Sentencias judiciales que declaran la nulidad de contratos de productos bancarios tales como SWAPS, CLIPS CAP, FLOOR, CMOF, COLLAR, etc., dejando sin efecto las liquidaciones y obligando a las entidades bancarias a proceder la devolución de las cantidades obtenidas mediante estos instrumentos financieros, más los intereses correspondientes.

Aunque la norma no contempla su aplicación retroactiva, los tribunales españoles están tomando en consideración su sentido y contenido, entendiendo implícitamente que la regulación anterior era confusa. Tan es así, que ya hay resoluciones judiciales que citan la Orden como ejemplo de que la falta de regulación anterior generaba tantas dudas que acababa afectando al consentimiento prestado por el contratante.

Toda una revolución en relación al principio de autonomía de la voluntad de las partes que debe presidir todo contrato.